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Información publicada en cumplimiento de la Ley Orgánica de Comunicación, articulo 95.- Inversión pública en publicidad y propaganda.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley Orgánica de Comunicación, la Prefectura de El Oro ha estructurado su estrategia de contratación de servicios de publicidad y propaganda dando prioridad a medios de comunicación locales sobre los nacionales. Esta decisión se fundamenta en la naturaleza y la realidad local de los medios disponibles, así como en las limitaciones presupuestarias que influyen en dichas contrataciones.
El artículo mencionado establece criterios específicos para la inversión pública en publicidad y propaganda, enfatizando la igualdad de oportunidades, el público objetivo, la jurisdicción territorial de la entidad contratante, y los niveles de audiencia y sintonía de los medios. En este sentido, se estipula que los medios locales y regionales deben participar con al menos el 10% de la contratación total de publicidad y propaganda, mientras que los medios comunitarios deben alcanzar al menos el 20%, conforme a la estrategia comunicacional institucional de cada entidad pública.
Es importante destacar que la Prefectura de El Oro, en cumplimiento con estos lineamientos legales, ha canalizado la totalidad de sus contrataciones publicitarias hacia medios locales. Esta política no solo fortalece la comunicación con la comunidad local, sino que también promueve el desarrollo económico de los medios de comunicación regionales, cumpliendo así con los objetivos de transparencia y eficiencia en el uso de los recursos públicos.
El informe anual de distribución sobre presupuesto, gasto, procesos contractuales y contratos en cada medio de comunicación y agencia de publicidad está publicado en la página web oficial de la Prefectura, en la sección de gasto publicitario, así como en el literal m) de de la ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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